Podemos declara la guerra total al Poder Judicial por el pateapolicías: pide la disolución del CGPJ
Podemos ha declarado la guerra total al PSOE y al Poder Judicial por la retirada del escaño a Alberto Rodríguez, condenado por patear a un policía. El partido socio de Pedro Sánchez ha provocado una nueva crisis institucional al cuestionar no sólo a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet -quien este viernes decidió finalmente ejecutar la inhabilitación de Rodríguez obligada en la sentencia-sino también al Tribunal Supremo. Jaume Asens, presidente del Grupo Parlamentario de Unidas Podemos, ha sido el último en atizar esa cruzada, reclamando la «disolución» del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que ha tachado de «ilegítimo».
El máximo órgano de poder de los jueces criticó este viernes los ataques de Podemos contra el Tribunal Supremo, después de que la líder podemita, Ione Belarra, acusase directamente de «prevaricación» a Batet y al Alto Tribunal.
Las acusaciones provocaron la respuesta inmediata del CGPJ que, en un rotundo comunicado, expresó su «absoluto y rotundo rechazo» y avisó de que «llegar a atribuir la comisión de un delito a sus magistrados excede absolutamente los límites del derecho a la libertad de expresión, máxime cuando quien realiza esas manifestaciones es un miembro del Poder Ejecutivo».
A través de un mensaje en sus redes sociales, Asens ha señalado este sábado que «el único comunicado legítimo de un CGPJ ilegítimo, con casi 3 años en funciones, es el de su disolución».
Podemos ha anunciado una querella contra Batet, quien reculó tras permitir al diputado podemita mantener su escaño pese a la condena. La formación morada censura la decisión de la socialista «cediendo ante la vergonzosa presión del Supremo y a la extrema derecha» y considera que hace un «daño enorme» a la democracia y al país.
La decisión de Batet se produjo horas después de que el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Manuel Marchena, le avisase en una carta que la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo era una pena accesoria «obligada».
En la misiva, remitida al Congreso a través del presidente del Supremo, Carlos Lesmes, Marchena destacaba que la obligatoriedad deriva del artículo 56.1.2 del Código Penal, y que, por tanto, se debía imponer cuando existiese una pena privativa de libertad, como en el caso de Rodríguez. El magistrado advertía además de que entre sus funciones no se incluye «la de asesorar a otros órganos constitucionales acerca de los términos de ejecución de una sentencia firme».
El pasado 7 de octubre, el Tribunal Supremo condenó a Rodríguez como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad a una pena de 1 mes y 15 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. La pena de prisión fue conmutada por pena de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros).